La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a extender el plazo para presentar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes al periodo fiscal 2025 de personas humanas. La nueva fecha límite es el 16 de noviembre, en reemplazo del 30 de octubre que venía vigente.
La prórroga quedó formalizada mediante la Resolución General 5918/2026, publicada en el Boletín Oficial. Este nuevo dilatamiento se suma a una serie de extensiones originadas por la aprobación y reglamentación de la Ley de Inocencia Fiscal II, una de las iniciativas del gobierno para incentivar la inclusión de dólares no bancarizados en el sistema financiero.
La norma fue sancionada por el Congreso el 17 de septiembre, aunque las demoras en la definición de sus aspectos finales obligaron a ARCA a prolongar los plazos de presentación de Ganancias. La propia autoridad señaló que la decisión se tomó tras mantener un diálogo con las entidades que agrupan a profesionales de ciencias económicas, con el objetivo de facilitar el cumplimiento tributario.
La Ley de Inocencia Fiscal II introduce cambios en el régimen simplificado de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, buscando reducir controles sobre la evolución patrimonial de los contribuyentes y favorecer la incorporación de ahorros no bancarizados a la economía formal.
Entre los cambios, se destaca la eliminación de los topes de ingresos y patrimonio que condicionaban la adhesión al régimen simplificado, que antes eran de 1.000 millones de ingresos y 10.000 millones de patrimonio.
La norma también flexibiliza criterios para determinar discrepancias entre lo declarado y lo calculado por ARCA. En ese marco, se admite que una diferencia pueda configurarse cuando el ajuste de ARCA eleva el impuesto en al menos un 15% respecto de lo declarado, o cuando reduzca los quebrantos, conforme a lo previsto en la ley.
Asimismo, la ley permite que, en determinadas circunstancias, los contribuyentes rectifiquen declaraciones y regularicen diferencias sin que ello constituya una discrepancia significativa.
Paralelamente, ARCA decidió ampliar hasta el 30 de diciembre de 2026 el plazo para adherirse a regímenes especiales de facilidades de pago destinados al sector salud, a las MiPyMEs, a los pequeños contribuyentes y a las entidades sin fines de lucro. La medida fue formalizada mediante la Resolución General 5920/2026, publicada en el Boletín Oficial.
Con este cambio, los contribuyentes abarcados por esos regímenes dispondrán de más tiempo para completar su adhesión.



